Impuestos criptomonedas: estos son los países que no gravan cripto

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No sin cierta gracia, en España suele decirse que en esta vida hay dos cosas seguras: la muerte y hacienda. La cuestión fiscal es un asunto de primer orden para el funcionamiento del Estado, ya que supone su fuente de ingresos principal y no puede funcionar en caso de que ésta falle.

Dicho esto, nuestra intención en este artículo no es la de elaborar un informe extenso, pues esa labor la dejamos en manos de los expertos en la materia que son los asesores fiscales. En este caso hablaremos, a modo informativo, de aquellas economías que mantienen una postura muy ventajosa para los tenedores de criptomonedas, en tanto que buscan potenciar este modelo de inversión.

Las dos vías de gravamen

A modo de breve recordatorio, vamos a revisar cuáles son las dos principales vías de gravamen más comunes que tienen las criptomonedas como regla general. Por supuesto, habrá estados que apliquen las dos vías y otros que apliquen sólo una, y siempre cada cual con sus matices. 

  • Impuesto sobre los beneficios: Se trata de la fórmula más habitual, en la cual se grava el beneficio que se obtiene tanto de forma puntual (cuando efectuamos una venta con beneficios) como de forma periódica (mediante ingresos recurrentes por staking y similares).
  • Impuesto sobre el patrimonio: Esta fórmula, aunque no es tan común, poco a poco se está replicando en más lugares. Consiste en realizar un agregado del patrimonio financiero y no financiero (inmuebles, derechos de marca, patentes, etc…) de una persona para después aplicar un determinado gravamen. Las criptomonedas, valoradas en términos de moneda fiat, entrarían dentro de dicho cómputo.

Explicado esto, pasemos a la materia.

¿Cuáles son los países fiscalmente más atractivos para las criptomonedas?

A día de hoy debemos decir que los países más beneficiosos para el tenedor de criptomonedas no son, ni mucho menos, las grandes economías mundiales. Sin embargo, tampoco hará falta relocalizarse en una isla desierta para disfrutar de enormes ventajas.

Hemos querido mencionar a los tres países que, dentro de que son economías desarrolladas, pueden facilitar enormemente la tributación de los usuarios de criptomonedas.

1) Los Emiratos Árabes Unidos

Los Emiratos Árabes, con Dubai a la cabeza, son un lugar idóneo para el inversor en criptomonedas, en tanto que las plusvalías obtenidas por su negociado no están sujetas a impuestos y tampoco existe impuesto de patrimonio. Estos es extensible también a otros productos financieros. 

Tampoco veremos gravamen por los ingresos periódicos que podamos recibir a modo de staking o de intereses vía DeFi. Lo cual resulta muy atractivo para los inversores en criptomonedas que utilicen esta estrategia.

2) Hong Kong

La conocida como China Capitalista tiene la ventaja de no aplicar ningún tipo de impuesto sobre las ganancias de capital, lo que por supuesto incluye las ganancias obtenidas a través de las criptomonedas. 

En este aspecto es importante indicar que estamos hablando de beneficios a título individual. En caso de que las criptomonedas tuvieren una vocación comercial (es decir, que nos dedicásemos a comerciar con criptomonedas) sí que habría impuestos aplicables en nuestras operaciones.

3) Puerto Rico

A raíz de la publicación del Act 22 – The Individual Investors Act, se considera la exención de pago de impuestos sobre todo tipo de ganancias de capital que nos proporcionen las criptomonedas. Por lo tanto, todo el capital que generemos de nuestra negociación con criptomonedas estará exenta de impuestos. 

Ahora bien, para que dicha norma tenga valor, es necesario que el inversor haya adquirido las criptomonedas siendo ya residente en Puerto Rico. De lo contrario, las ganancias estarán sujetas a tributación en el lugar de residencia actual.

El particular caso de España

Por desgracia para los residentes, España se encuentra en el grueso de países grandes y desarrollados que aplican políticas fiscales rigurosas y extractivas sobre la capa productiva. 

Las criptomonedas en España computan, tanto por sus rendimientos como a efectos del cálculo del impuesto de patrimonio. En lo que refiere a rendimientos, se incluye no sólo el beneficio por la venta, sino también el beneficio consolidado cuando cambiamos de criptomoneda o el que obtenemos por staking, airdrop, criptominería y demás. 

Dichas ganancias patrimoniales tributan de la siguiente forma sobre los beneficios obtenidos:

  • De 0 € a 6.000 € de beneficio: 19%
  • De 6.000,01 € a 50.000 € de beneficio: 21%
  • De 50.000,01 € a 200.000 €: 23%
  • De 200.000,01 € a 300.000 €: 27%
  • De 300.000,01 € en adelante: 28%

Conviene indicar que la relación anterior de gravámenes es aplicable desde 2023. 

Por otro lado, en España está vigente también el impuesto de patrimonio, por el cual se gravan todos los bienes de la persona. Existe obligación de presentarlo a partir de los 2.000.000 € (en conjunto), y también hay exenciones de 300.000 € por vivienda habitual y 700.000 € en conjunto.

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